Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques; Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL y LAS ACCESORIAS, que fueran impuestas al ciudadano HARRY JESÚS QUINTANA, venezolano, de 33 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.828.020, hijo de ALICIA QUINTANA PEÑA (V) Y PADRE DESCONOCIDO, residenciado en el Sector ¿Ojo de Agua¿, frente a la Urb. Vista Alegre y la Cancha de Básquet, casa s/n, Carretera Vieja Caracas-La Guaira, Parroquia Sucre, Caracas, Distrito Capital; por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en fecha 10 de junio de 199.....