Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, emite el siguiente pronunciamiento: Se declara INADMISIBLE la recusación planteada por el profesional del derecho NELSON CORNIELES ROMANACE, INPREABOGADO Nº 36.066, contra el abogado JOSÉ LUIS CHAPARRO, Juez Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda Extensión Valles del Tuy.
Remítase copia certificada del presente fallo al abogado JOSE LUIS CHAPARRO, en su condición de Juez Tercero de Control del Circuito Judicial del Estado Miranda, parte recusada y al Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, a los fines de que remita la causa signada con el Nº MP21-P-2006-001838, al Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial sede. Conforme a la decisión de .....