DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los cónyuges, y le imparte homologación a la solicitud en los términos expuestos por no ser contraria al orden público ni a las buenas costumbres. Así se decide. Igualmente, se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas, con inserción del presente decreto y el escrito de solicitud, una vez que la parte interesada consigne los fotostatos necesarios para la elaboración de las mismas. Cúmplase.-