Definitivamente firme como se encuentra la sentencia dictada en fecha 30 de septiembre de 2004 por el Tribunal Sexto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Los Teques, mediante la cual se condenó al ciudadano MARTÍNEZ MARIO JOSÉ, anteriormente identificado, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, por ser autor responsable del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 3° del Código Penal, es por lo que se acuerda su EJECUCIÓN, conforme a lo establecido en los artículos 479 y 482 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se observa lo siguiente