ÚNICO: De conformidad con el artículo 407 del Código Orgánico Procesal Penal acuerda conceder al ciudadano ORLANDO JOSÉ ABRAMS CRISTIANS, titular de la cédula de identidad personal No. V-03.149.416, quien presentó escrito de acusación en contra de la persona de la ciudadana ZULAY MARIZA RODRÍGUEZ NAVAS, titular de la cédula de identidad personal No. V-02.765.653, asistido del profesional del derecho, Dr. HANS DANIEL PARRA BRICEÑO, abogado en el libre ejercicio de la profesión e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 73.260, UN PLAZO DE CINCO (05) DÍAS HÁBILES, contados a partir de la data inmediata siguiente a la de emisión del presente auto, para SUBSANAR o corregir los defectos u omisiones advertidos por la juzgadora y en el texto de este pronunciamiento precisados.