DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA, la pena que le fuera impuesta a los penados: AVARIANO ALVARO LUIS y JORGE JOSE OLIVERO CENTENO, ambos de nacionalidad venezolana, titulares de las Cédulas de Identidad Nrs. V-17.459.962 y 6.310.380, por el Juzgado Tercero en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en fecha 21 de octubre de 2008. Todo conforme con lo dispuesto en los artículos 479, 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.