Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio presentada por los abogados BEATRIZ EUGENIA PEREZ BECERRA y PEDRO V. BELTRAN A., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 64.310 y 46.048, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano JORGE ANTONIO PEREZ FLORES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-8.476.633, en contra de la ciudadana SORAYA SOFIA PEÑA de PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-6.841.393, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha veintisiete (27) de agosto de 1992, por ante el Registro Civil .....