Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con lugar la solicitud de Incumplimiento de Pensión de Alimentos formulada por la ciudadana IVONNE YELITZI PINILLA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-13.792.244, domiciliada en Palo Gordo, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre del niño MAYCKEL YUNEIKER MACHADO PINILLA, contra el ciudadano JOSE ANTONIO MACHADO DURAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-15.022.321, domiciliado en La Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Condena al ciudadano JOSE ANTONIO MACHADO DURAN, a pagar a la madre del niño MAYCKEL YUNEIKER MACHADO PINILLA, la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIE.....