...CON LUGAR la solicitud de revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad interpuesta por el Dr. Eddi Rosales en su carácter de defensor privado del imputado RAMON MATHEUS ESPINOZA, y por efecto extensivo se revisa de oficio dicha medida en relación al imputado LINDOMAR CAMEJO SANCHEZ, en consecuencia se acuerda sustituir la medida de privación judicial preventiva de libertad y se IMPONEN a los referidos imputados las medidas cautelares sustitutivas establecidas en los numerales 2, 3, 4, 5, 6 y 9 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, vale decir, la del numeral 2 consistente en la presentación de dos personas responsables para cada uno de los imputados quienes se encargaran del cuido y vigilancia de los mismos debiendo informar cada quince (15) días a este Despacho sobre el comportamiento y la conducta de los referidos imputados los cuales deberán consignar ante este tribunal la siguiente documentación en original: Constancia de residencia y constanc.....