-III-
-DECISIÓN-
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD SOBRE TERRENO MUNICIPAL, a favor del ciudadano ELVIN EDUARDO RAMÍREZ ARAGORT, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.787.653. Sobre una bienhechuría, ubicada en Calle Principal de Valle Verde, Vía Los Silos, Parroquia Caucagua, Municipio Acevedo, estado Bolivariano de Miranda, constante de tres (03) unidades, desglosadas de la siguiente manera, UNIDAD 1: Local (17,08 mts2) de construcción.....