Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio N° 2°, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara con Lugar la solicitud interpuesta por el Dr. MIGUEL FERRER HERNANDEZ, Defensor Público Penal del Acusado RIOS REMIGIO ANTONIO.
SEGUNDO: Mantiene la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuesta al ciudadano RIOS REMIGIO ANTONIO, por el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, conforme lo establecido en el articulo 256 ordinal 3°,4°, 5°, 6°, y 8° del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, notifíquese a las partes y Librese el correspondiente boleta de Traslado del acusado, para el 27 de Enero de 2004, a las 8:30 A.M.
LA JUEZ SEGUNDO DE JUICIO
DRA. NELIDA ACOSTA.....