...TERCERO: Por estar llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal se DECRETA la Privación Judicial Preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 parágrafo 1° del Código Orgánico Procesal Penal, contra el ciudadano ESCALONA TORRES JOSE RAUL, titular de cédula de identidad N° V-14.586.070, 27 años de edad, fecha de nacimiento: 05-03-79, natural de Caracas, de profesión u oficio: estudiante, hijo de Marisela Torres (v) y José Ramón Escalona (v), residenciado San Antonio, Residencias Bosque Alegre, Piso 13, apartamento 138, Torre A, Los Teques Estado Miranda, es decir, estamos en presencia de un hecho punible que merece una pena privativa de libertad y cuya acción no se encuentra prescrita, como es el delito de ROBO GENERICO, establecido en el artículo 455 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el articulo 264 de la Ley Para la Protección del Niño y del Adolescente que consiste en el USO DE ADOLESCENTE PARA.....