ACUERDA: la aprehensión del ciudadano: JOSE ÁNGEL GONZÁLEZ GÓMEZ, titular de la Cédula de Identidad Número: 15.199.250, conforme a lo previsto en el Artículo 250 último aparte ejusdem, a los fines que cualquier autoridad pueda ejecutar la misma y una vez detenido ponerlo a la orden de la Fiscalía Vigésima Primera del Ministerio Público, que lo presentará ante el Tribunal de Control que se encuentre de guardia......................