DECLARA EJECUTADA Y COMPUTADA, la pena que le fuera impuesta al penado CARLOS ENRIQUE RIVAS SOLÓRZANO, titular de la Cédula de Identidad N° 8.005.249, conforme a lo previsto en los artículos 479 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal Y 72 de la Ley Contra la Corrupción. Regístrese, publíquese, déjese copia y notifíquese lo conducente al Fiscal Penitenciario Décimo del Ministerio Público del Estado Miranda, al Defensor y líbrese la correspondiente Boleta de Citación. Ofíciese al Directorio del Banco Central de Venezuela, al Presidente del Consejo Nacional Electoral en cuanto a la inhabilitación política del penado. Notifíquese a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio del Interior y Justicia.