...se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente causa y con base a lo antes señalado declina la competencia en los Tribunales de Primera Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en los Teques. Se deja constancia que a partir de la presente fecha comenzará a transcurrir el lapso previsto para que las partes ejerzan los recursos pertinentes contra la presente decisión conforme a lo establecido en el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil.