LA NULIDAD DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR que corre inserta a los folios 128 al 135 y del AUTO DE APERTURA A JUICIO, inserto a los folios 136 al 139, de fecha 04-08-2015, de conformidad con lo establecido en los artículos 174, 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal, por inobservancia del debido proceso, con cuyos actos específicamente se viola flagrantemente el Derecho a la Defensa e Igualdad entre las Partes, la Finalidad del Proceso, contenidos en los artículos 12 y 13 del Código Orgánico Procesal Penal