declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ERIKA DAYANA TORREALBA ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 16.888.864, sobre las bienhechurías que se encuentran ubicadas en La Comunidad de Las Aguaditas, Calle Ruiz Pineda, Segunda Escalera, casa S/N, Municipio Carrizal, del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, se ordena la devolución de las originales y sus resultas, constante de catorce (14) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.