Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por la ciudadana YANIGNA DEL VALLE SANDOVAL DE DUARTE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-9.687.739, representada por el abogado JORGE CELESTINO DUARTE ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 295.130.
En consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LA UNIA al ciudadano JORGE LUIS DUARTE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.976.514, en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 20 de marzo de 1.999, ante el Juzgado Sexto de Parroquia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según consta de Acta de Matrimonio Nº 006 cursante a los folios 07 y 08 del presente expediente, todo ello de conformidad con lo estable.....