Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: MODIFICA la medida cautelar sustitutiva de libertad establecida en el ordinal 8º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, que le fuera otorgada al acusado, ALEJANDRO JOSE COLMENARES, por auto dictado por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 04, de este Circuito Judicial y sede, por decisión del 11 de Enero de 2006, en la que debía presentar dicho acusado, dos (02) fiadores, que en su conjunto tuvieran ingresos mensuales de SETENTA (70) UNIDADES TRIBUTARIAS; y en su lugar se fijan TREINTA UNIDADES TRIBUTARIAS (30 U.T) que deben acreditar en conjunto los fiadores, y cumplir con lo establecido en el artículo 258, ejusdem.; asimismo se mantienen todas las .....