...Se acuerda calificar como flagrante la aprehensión del ciudadano PABLO JOSE ALFONZO, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda que la presente causa se siga por los trámites del procedimiento penal ordinario, de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 13, 280, 282 y 300 eiusdem; y artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
TERCERO: Este Tribunal estima que se encuentran llenos los extremos legales del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, un hecho punible que merece pena privativa de libertad cuya acción penal no se encuentra debidamente prescrita como lo es el delito de DEGRADACIÓN DE SUELOS, TOPOGRAFÍA Y PAISAJE y ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS, previstos y sancionados en el artículo 43 y 58 de la Ley penal del Ambiente, en segundo.....