En razón de lo antes expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto conforme a lo previsto en el numeral 2 del artículo 444 del Código Orgánico Procesal Penal por la Abogada ROSA DAYANA MONARGHINO SERVELLON, en su condición de Fiscal Vigésima Séptima (27º) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en contra de la decisión dictada en Audiencia Preliminar celebrada en fecha 30 de agosto de 2013 y fundamentada en fecha 03 de septiembre de 2013, por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY. SEGUNDO: Se ANULA la audiencia de data 30 de agosto de 2013 y la Sentencia.....