...por Autoridad de la Ley; y conforme a lo previsto en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA PENALMENTE RESPONSABLE POR ADMISION DE HECHOS al adolescente OMITIDO, por la comisión del delito de HURTO CON FRACTURA, EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el articulo 453 numeral 4 del Código Penal en perjuicio del ciudadano: OMITIDO, y le CONDENA a cumplir la sanción de UN (01) AÑO DE REGLAS DE CONDUCTA, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 583, 620 literal " B", en concordancia con los articulo 622, y 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: En virtud de la sentencia se declara la cesación de la medida cautelar sustitutiva de libertad. TERCERO: Se exonera al acusado por ser adolescente para la fecha de comisión del delito, del pago de costas procesales contempladas en el artículo 34 del Código penal y 265, 26.....