Se ordena el enjuiciamiento de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cédula de Identidad V-22.788.893, por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO AGRAVADO, previsto en el artículo 3, 10 ordinales 2, 8 y 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, ASOCIACION PARA DELINQUIR, artículo 6 de la Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada y OCULTACION DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el artículo 274 del Código Penal, en relación al artículo 3 de la Ley Sobre Arma y Explosivos, en perjuicio del ciudadano ALEJANDRO ISMAEL MEDINA.