En consecuencia, este Tribunal, pasa a decretar como en efecto DECRETA la siguiente MEDIDA PREVENTIVA:
1) Se decreta el SECUESTRO del inmueble objeto de la presente acción de desalojo, constituido por un local comercial, distinguido con el Nº PM15, ubicado en el Nivel Planta Baja del CENTRO COMERCIAL OASIS CENTER, situado en la Avenida Intercomunal Guarenas-Guatire, sector Hacienda Vega Arriba, Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, el cual tiene un área aproximada de VEINTIOCHO METROS CUADRADOS CON DOCE CENTÍMETROS CUADRADOS (28,12 m2).