este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarle a los ciudadanos RITA ELISA MORALES DE MOLINA, WILLARD ARCANGEL MOLINA MORALES, JAIRO ENRIQUE MOLINA MORALES, JOSÉ RAFAEL MOLINA MORALES, MARÍA ELIZABETH MOLINA MORALES, JESÚS ALEXIS MOLINA MORALES, CARMEN YANET MOLINA MORALES, NESTOR ANDERZON MOLINA MORALES, YOLIMAR COROMOTO MOLINA MORALES, LEONARDO JOSÉ MOLINA MORALES e ISRAEL ORLANDO MOLINA MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números V- 1.533.036, V- 4.628.119, V- 4.209.650, V- 4.633.809, V- 5.642.445, V- 5.642.444, V- 5.663.542, V- 9.209.316, V- 9.228.044, V- 10.151.439, V- 11.507.902, en su condición de Cónyuge e hijos, respectivamente; el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSÉ ARCANGEL MOLINA ALBORNOZ, quien falleció Ab-Intestato, en el Municipio San Cristóbal, Parroquia San Juan .....