Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por el ciudadano HECTOR DARIO ROJAS, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nros. V-5.262.766; en consecuencia, disuelto el vinculo que lo unía a la ciudadana MARIA JOSEFINA SANCHEZ DE ROJAS, venezolana y titular de la Cédula de Identidad Nro V-4.056.124, en virtud del matrimonio celebrado ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda, en fecha 26 de marzo de 1979, según consta del Acta de Matrimonio numero 16, del Libro de Registro Civil antes mencionado. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 185, del Código Civil. En virtud a la anterior Decisión, se ordena participar lo conducente al Registrador Civil del Municipio Carrizal del .....