DISPOSITIVO
En fundamento a las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por el Abogado NICOLÁS CELTA GUZMÁN, en su carácter de Juez Provisorio del Juzgado Cuarto De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo De la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda, con sede en Guarenas. SEGUNDO: SE ORDENA la devolución del presente expediente al Juzgado de origen.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominado Región Miranda.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, a los diecinueve (19) días del mes de septiem.....