En consecuencia este Tribunal Primero de Juicio a los fines de proveer ACUERDA EMITIR PRONUNCIAMIENTO a lo solicitado por el acusado, una vez realizada la AUDIENCIA ORAL, conforme a lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal y así garantizar el cumplimiento de la norma citada.
De lo antes señalado se infiere la necesidad de realizar la Audiencia Oral de conformidad a lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, audiencia en la cual deben estar presente, los acusados y las partes. En consecuencia este Tribunal Primero de Juicio ACUERDA celebrar dicha AUDIENCIA en fecha (26) de OCTUBRE del 2005 a las 12:00 horas de la mañana. Notifíquese a las Partes. Líbrese las respectivas Boletas de Traslado. CÚMPLASE