DISPOSITIVO
Con fundamento en las razones de hechos y de Derecho explanadas en la parte motiva del presente fallo y con la convicción de que el mismo tutela efectivamente en justicia los derechos litigiosos; este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara: INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer y decidir la pretensión deducida por la ciudadana KEILA DESIREE CARRILLO en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTONOMO ZAMORA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA; en consecuencia, se afirma la competencia de los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fall.....