V
DISPOSITIVA.
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado en ejercicio ALEJANDRO AGUILAR PAZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadana MARÍA ISABEL SABATER MÉNDEZ, contra la sentencia de fecha 30 de junio de 2016, proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariana de Miranda; en tal sentido, se CONFIRMA la referida decisión, a través del cual se declaró INADMISIBLE la demanda por prescripción adquisitiva intentada por la prenombrada contra el ciudadano LUIS MANUEL SABATER MÉNDEZ, plenamente identificado en autos.
Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay expresa conden.....