...PRIMERO: Se determina que el ciudadano RAFAEL HUMBERTO VARGAS MONRROY, titular de la cédula de identidad personal número V-05.072.271, permaneció un solo día efectivamente privado de su libertad con ocasión de esta causa penal, a saber, del seis (06) de agosto del año dos mil siete (2007) al siete (07) inmediato siguiente, manteniéndose en libertad desde entonces y hasta los corrientes en relación al proceso, faltándole por cumplir, consecuencialmente, de la totalidad de la pena principal o corporal impuesta de un (01) año de prisión, ONCE (11) MESES y VEINTINUEVE (29) DÍAS, no pudiéndose determinar en este momento, no obstante requerirlo el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, la fecha exacta de finalización de la condena dada la condición de libertad en que se encuentra el precitado.
SEGUNDO: Habiendo resultado condenado, asimismo, el ciudadano RAFAEL HUMBERTO VARGAS MONRROY, antes identificado, a cumplir la pena accesoria prevista en el numeral 1 del artículo 16 del .....