DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos LEONARD MEJIAS TORRES y EDGAR ENRIQUE TOCUYO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 14.559.803 Y 11.071.126, respectivamente, conforme con lo establecido en el Artículo 318 numeral 3ero y Artículo 48.6 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de ESTAFA, tipificado en el Artículo 464.del Código Penal, conforme con lo establecido en el Artículo 318 numeral 3ero y Artículo 48.6 del Código Orgánico Procesal Penal .