...ACUERDA DECLARAR CON LUGAR la solicitud interpuesta por la ciudadana abogado LAURA DELASCIO, en su carácter de defensora de la ciudadana ARELIS ESCALONA , INDOCUMENTADA, sustituyendo la medida privativa de libertad impuesta a su defendida, por las medidas cautelares contenidas en los ordinales 1°, 4° y 6° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal por lo que deberá permanecer en detención domiciliaria en la residencia de su hermana ciudadana MAYRA ESCALONA, titular de la Cédula de Identidad N° 11. 488.501, ubicada urbanización Nueva Casarapa, sector Los Aleros, Casa N° 64, Guarenas, Estado Miranda y bajo la supervisión de la Policía del Municipio Plaza del Estado Miranda, quedando entendido, que solo podrá salir de ese lugar para asistir a las consultas médicas que amerite por su estado de salud, previa notificación y autorización de este Tribunal, debiendo abstenerse de salir del Estado Miranda y la Zona Metropolitana de Caracas, en las oportunidades que acuda a.....