PRIMERO. Ordena librar Boleta de Egreso del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, INDOCUMENTADO, al Director del Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y la Adolescencia del Estado Miranda. SEGUNDO: ORDENA EL INGRESO DEL imputado IDENTIDAD Omitidla Internado Judicial Capital El Rodeo II. Líbrese Boleta de Ingreso para que a partir de la presente fecha quede recluido a la orden del Tribunal de Control que se encuentre de Guardia en el Circuito Judicial Penal de la Extensión barlovento del Estado Miranda, con sede en Guarenas. Líbrese Boleta de Ingreso. TERCERO: SE DECLARA INCOMPETENTE POR RAZON DE LA JURISDICCION, en el conocimiento de la presente causa SIGNADA BAJO EL Nº 1c- 1154-07 seguida al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, INDOCUMENTADO, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 534 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente y 54 y 55 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protecc.....