Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana ANDREA MARGARITA MIJARES VIVAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-6.263.216, debidamente asistida por la Abogada BELKYS DIAZ GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.143.127, contra el auto dictado en fecha 20 de Septiembre de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Segundo: SE ANULA el auto dictado en fecha 20 de septiembre de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, debiendo emitir nuevo pronunciamiento, atendiendo a las consideraciones expuestas en este fallo.
Tercero: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay expresa condenatoria en costas.
Cuarto: Remítase el presente expediente a su Tribunal de origen, en su debida oportunidad legal.
Quinto: Regístrese, publíque.....