Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO. Declara Con Lugar la solicitud formulada por el ciudadano JORGE LUÍS ÁLVAREZ GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-17.711.673, a quien se le sigue causa por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y LESIONES GÉNERICAS, previstos y sancionados en los artículos 458 y 413 del Código Penal, y en consecuencia se sustituye la medida de privación judicial preventiva de libertad, impuesta al referido ciudadano en fecha 7 de julio de 2014, por las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD previstas en los numerales 3 y 4 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal; vale decir, numeral 3, la prese.....