DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Se establece que no hubo aprehensión en flagrancia al no estar satisfechos los supuestos previstos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda la solicitud del Fiscal del Ministerio Público y de la Defensa Pública de otorgar la libertad plena del ciudadano NINO JESUS HERRERA.
TERCERO: Se acuerda en envío de la causa a la Fiscalía para el régimen procesal transitorio del Ministerio Público a requerimiento de ésta y de la defensa.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
EL JUEZ QUINTO DE CONTROL
ORINOCO FAJARDO LEON.
EL SECRETARIO
Abg. Neptalí González.
En esta .....