: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos STEVENS RUBEN TORRES PEREZ, DEYSI ANAIS PEREZ y BETTY VALENTINA PEREZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el numeral 8 del artículo 49 eiusdem, POR HABER OPERADO DE PLENO DERECHO LA PRESCRIPCIÓN ESPECIAL señalada en el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.