Primero: Con lugar la apelación interpuesta por el abogado Jesús Maria Colmenares Valero, actuando con el carácter de apoderado de los demandantes, ciudadanos Antonio Ramón Vivas Ortega, Gladis Margarita Zarraga Paulea, Amanda Santiago, Marisol Gómez Ramírez, Dexi Mejias y Gladis Zoraida Martínez Quintero, contra el auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 28 de septiembre de 2005.
Segundo: Sin lugar la oposición realizada por la representación de los demandados en fecha 23 de agosto de 2004.
Tercero: Ordena al a quo proceder de conformidad con lo dispuesto en el artículo 677 del Código de procedimiento Civil.
Cuarto: Se revoca la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 28 de septiembre de 2005.