DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos por este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, siendo la oportunidad para pronunciarse en cuanto a lo solicitado lo hace en los siguientes términos DECLARA: PRIMERO: Se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA por falta de Interés Procesal, según lo contempla el artículo 267 del código de Procedimiento Civil Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en decisión de 2 de agosto de 2001, Sentencia N° 217, expediente N° 00-535 sobre la Perención, ahora bien tratándose de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil en concordancia con los artículos 769 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, solicitado por el ciudadano: GREGORIO ISMA.....