DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara admisible el recurso de apelación signado con la nomenclatura 1-As-SP21-R-2024-000179, interpuesto por la Abogada Yackeline Romero Celis, quien actúa con el carácter de defensora privada de los ciudadanos Jesús Andrés Rosales Anchicoque y Jesús Agustín Rosales Ramírez, en contra de la decisión dictada en fecha diecisiete (17) de junio del año 2024, y publicada en fecha veintiséis (26) de junio del mismo año, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Táchira –extensión San Antonio-, sólo en lo que respecta a la admisión .....