Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado César Musso Gómez, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ANA GLORIA BRAVO SÁNCHEZ y FRANCISCO JAVIER BRAVO SÁNCHEZ, contra el auto dictado en fecha 17 de febrero de 2004 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, mediante el cual se niega la admisión de la presente demanda, por cuanto la misma no llena los extremos de Ley, y en consecuencia de ello se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la interlocutoria recurrida.
Segundo: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay expresa condenatoria en costas.
Tercero: Remítase el presente ex.....