Declara: CON LUGAR la solicitud de la defensa, Dra. MERCEDES ADRIAN y en consecuencia SE FIJA UN PLAZO PRUDENCIAL DE TREINTA (30) DIAS CONTINUOS, al Fiscal del Ministerio Público, a los fines que presente el acto conclusivo a que hubiere lugar, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 172 ejusdem, en la causa seguida en contra del ciudadano GUZMAN GRATEROL EMILIO JOSE.
Quedaron notificadas las partes, por tratarse de una decisión dictada en el curso de una audiencia, conforme al contenido del único aparte del artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.