Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Circuito Judicial Penal de Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
UNICO: La inmediata libertad del imputado MARIO ENRIQUE RONDON MARTINEZ, titular de la cédula Nº V- 10.895.432, residenciado en SECTOR EL JABILLO CALLE RIVAS CASA NUMERO 318 OCUMARE DEL TUY., en virtud de habérsele acordado Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de la Libertad, contenidas en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, notifíquese, déjese copia, Librese la correspondiente boleta de excarcelación a nombre del ciudadano MARIO ENRIQUE RONDON MARTINEZ, y al pie de la misma, hágasele saber además que debe comparecer por ante este Tribunal, el día 02 de Mayo de 2007, a las 10:30 horas de la mañana a los fines de celebrarse la audiencia preliminar, fijada conforme lo establecido en .....