"..."...PRIMERO: El ciudadano Franklin Alberto Colmenares Arenas, manifiesta en este acto que se compromete a depositar en la cuenta de ahorro que este Tribunal acuerde aperturar en el Bicentenario Banco Universal, la cantidad de Bs. 600,oo mensuales, a partir del mes de abril de 2012 como pensión de manutención para su prenombrado hijo, en 02 cuotas quincenales o 04 semanales. SEGUNDO: Ambas partes se comprometen en cubrir el 50% de los gastos como extraordinarios como atención y asistencia médica, medicinas, recreación, y demás que surjan en beneficio del beneficiario de manutención. TERCERO: La ciudadana MAYERLIN ISAMAR CONTRERAS NOVOA, en este mismo acto declara que acepta el ofrecimiento hecho por el padre de su hijo...".
En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 37.....