´este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano CESAR JOSÉ MORENO, titular de la cédulas de identidad N° V-8.881.887, sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno ubicado Urbanización Araguita I, sector N° 01, vereda N° 19, casa N° 23., jurisdicción del municipio Tomás Lander, Ocumare del Tuy, estado Bolivariano de Miranda, con un área de construcción de CIENTO QUINCE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS (115,79 mts2). Las mismas se encuentran edificadas en u.....