En razón a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero en Función de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial del estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA a favor del penado FARIAS BRITO LUIS ALBERTO, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.474.512, Y ampliamente identificado en autos anteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal y 479.1 del Código Orgánico Procesal Penal LA LIBERTAD por pena corporal cumplida, por haber cumplido con la totalidad de la pena impuesta, quedando sujeto a las accesorias de Ley, sujeción a la vigilancia hasta el día el 24 de Octubre de 2008, la cual la cumplirá mediante la presentación cada TREINTA(30) días por ante la Oficina del Alguacilazgo de esta Extensión Judicial.-
Publíquese, regístrese, notifíquese, líbrense los correspondien.....