....la abogada MARIA AUXILIADORA ALVAREZ DE RICARDO, en su carácter de apoderada judicial de la parte ejecutante ciudadano: JOSE MIGUEL ALVAREZ SAYAGO, y por la otra la ciudadana: OMELIA TERESA SALAZAR DE ALCALA, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano: ALVARO JOSE ALCALA ALCALA, parte ejecutada, debidamente asistida de abogada en el presente juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA, mediante el cual efectuaron una transacción, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos concebidos, da por terminado el litigio y ordena: PRIMERO: Suspender la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal en fecha 17-10-2005. SEGUNDO: Se ordena expedir por secretaría sendas copias certificadas, del escrito que contiene la transacción y del presente auto. ....