PRIMERO: DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA, la pena que le fuera impuesta al penado: EDGAR ANTONIO GIL, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. 14.553.154, por el Juzgado Cuarto Itinerante en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 23-05-2011. Todo conforme con lo dispuesto en los artículos 479, 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal.