Por todos los razonamientos expuestos, es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en Guarenas; administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL Y LA PENA ACCESORIA RELATIVA A LA INHABILITACIÓN POLÍTICA, que fueran impuestas al ciudadano LARA HERNANDEZ ROBERT JESUS, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.692.569; por el Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 27 de Enero de 2000, quien lo condenó a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS, CINCO (05) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS DE PRESIDIO, así como las penas accesorias conforme con lo previsto en el artículo 13 del Código Penal; por ser autor responsable del delito de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en .....